Remisión parcial de la pena

remisión parcial de la pena

¿En qué consiste el beneficio de remisión parcial de la pena?

La remisión parcial de la pena es un beneficio otorgado por el juez de ejecución y consiste en que por cada dos días de trabajo, se hará remisión de uno de prisión, siempre que el sentenciado reúna los requisitos que establece la ley.

¿Cuáles son los requisitos para obtener este beneficio?

  1. Que el sentenciado haya tenido durante su estancia en prisión buena conducta.
  2. Que participe regularmente en las actividades laborales, educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el Centro Penitenciario.
  3. Que con base en los estudios técnicos que practique el Centro Penitenciario, pueda determinarse la viabilidad de su reinserción social. Este será el factor determinante para la concesión o negativa de la remisión parcial de la pena, que no podrá fundarse exclusivamente en los dos requisitos anteriores.

¿En qué casos puede el juez disminuir la pena a aquellas personas que cometan un delito?

La ley contempla que puede haber disminución de las penas de prisión en el caso de la comisión de delitos catalogados como no graves, cuando el sujeto activo (la persona que cometió el delito) confiese su participación en la comisión de delito no grave ante el ministerio público y la ratifique ante el juez en la declaración preparatoria, se disminuirá la pena en una mitad, según el delito que se trate.

En el caso de aquellas personas que hayan cometido un delito grave, puede aplicar la disminución de la pena cuando el sujeto activo confiese su participación en la comisión de delito grave ante el ministerio público y la ratifique ante el juez en la declaración preparatoria se disminuirá la pena una tercera parte, según el delito que se trate, excepto cuando estén relacionados con delincuencia organizada.

Este beneficio no es aplicable para los delitos de homicidio, secuestro, desaparición forzada de personas, violación, corrupción de personas menores de edad o personas que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tengan capacidad de resistir la conducta, turismo sexual, pornografía, trata de personas, lenocinio, robo y tortura, con las disposiciones y términos que para cada uno fije la ley.

El sentenciado que considere que tiene derecho a algún beneficio penitenciario, deberá hacer su solicitud de procedimiento ante el juez de ejecución correspondiente.

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